Auto Gubernamental Plurinacional S2/0073/2004
Fecha: 18-Nov-2004
Respecto a la casación en el fondo, señalan que la sentencia recurrida recae en la sanción prevista en el art. 253-3) del Cód. Pdto. Civ. Afirman que el a quo incurrió en errores de hecho, toda vez que manifiestan que toda su familia ha sido despojada del predio "La Tamborada", despojo, que indican, fue reconocido por la sentencia de 08 de agosto d...