Proceso: Nulidad de Contrato, Nulidad de Escritura Pública de
Fecha: 15-Nov-2016
Considerando 3
CONSIDERANDO III: Que, Con relación a la demanda reconvencional, mediante Auto de fecha 26 de agosto de 2016, (a fs. 308 y vuelta) se la tiene por no presentada al no tener conexidad con la demanda principal, señalándose audiencia principal en cumplimiento del artículo 82 de la Ley N° 1715 a objeto de cumplir con las actividades procesales que establece el artículo 83 de la referida Ley; mediante acta (a fs. 311 a 314) referida a la primera actividad, sobre alegación de hechos nuevos o aclaración de los fundamentos oscuros, ratificándose la parte demandante encontrándose ausente la parte demandada, continuando con la segunda actividad, al existir excepción de prescripción se pasa a la contestación de la misma, haciéndose presente la parte demandada, se pasa a la tercera actividad referido a la resolución de la excepción, rechazándose por inadmisible en la materia mediante Auto N°. 93/2016, luego se procede la saneamiento procesal, cediéndoles el expediente a cada una por su turno para que puedan advertir sobre algún vicio para su correspondiente saneamiento, no teniendo ninguna observación ambas partes, y saneado que haya sido, se pasa a la cuarta actividad, referida a la tentativa de conciliación, luego de conversar, estas no llegan a ningún acuerdo conciliatorio, continuando se pasa a la quinta actividad, referida a la fijación del objeto de prueba, mediante Auto N°. 94/2016.
DE LAS PRUEBAS PRODUCIDAS POR LA PARTE ACTORA:
- Encabezado
- Considerando 1
- Considerando 2
- Considerando 3
- Respecto a la Confesión judicial de la demandada
- Respecto a la Inspección Judicial realizada
- Respecto a la Prueba Documental
- Respecto a la Confesión Provocada
- Respecto a la Prueba Testifical
- Considerando 4
- Considerando 5
- Considerando 6
- Por Tanto 1
- AUTO NACIONAL AGROAMBIENTAL S1ª Nº 15/2017
- Considerando 7
- Considerando 8
- Considerando 9
- Por Tanto 2