Expediente: No. 4095/2021
Tribunal Agroambiental Bolivia

Expediente: No. 4095/2021

Fecha: 11-Feb-2021

Por Tanto 2

POR TANTO : La suscrita Juez Agroambiental de las Provincias Florida y Manuel María Caballero con asiento Judicial en Samaipata, del Departamento de Santa Cruz administrando justicia a nombre de la Ley y en virtud de la jurisdicción y competencia que por ella ejerce, FALLA declarando: PROBADA la demanda Planteada por Pedro Montaño Rojas y Ricarda Coronado Romero referida a la propiedad Villa Copacabana P. 019 en la superficie de 3 ha con 7132 mt2, en consecuencia de acuerdo a lo establecido por el art. 5 inc. 7) de la ley 477 contra el avasallamiento y trafico de tierras, se ordena el desalojo y/o el cese de la perturbación en el plazo de 96 horas, bajo apercibimiento en caso de negativa de procederse con el auxilio de la Fuerza pública, así como la sanción establecida por la disposición adicional Primera de la misma ley, sin lugar a daños y perjuicios por no haberse demostrado.

Con costas y costos.

Esta sentencia que será archivada donde corresponda se funda en las disposiciones legales citadas y es pronunciada en Samaipata a los 11 días del diciembre de 2020 años.

REGISTRESE, COMUNIQUESE y ARCHIVESE.