Antecedentes Procesales: Trámite procesal
I.4. Trámite procesal
I.4.1. Auto de admisión
A través de Auto de 26 de septiembre de 2019 cursante a fs. 110 y vta. de obrados, se admitió la demanda de Nulidad de los Títulos Ejecutoriales identificados en el exordio de esta sentencia agroambiental, para su tramitación en la vía ordinaria de puro derecho, corriéndose traslado a las partes demandadas del "Sindicato Tacuaral" de las parcelas, 8, 9 y 11, así como al Director departamental del INRA en su condición de tercero interesado, quienes contestaron la demanda.
I.4.2. Réplica y dúplica
I.4.2.a. Réplica
Mediante memoriales cursante de fs. 570 a 571 y de fs. 587 y vta., la parte demandante ejerció su derecho a la réplica , ratificándose en el contenido de su demanda principal.
I.4.2.b. Dúplica
Una vez corrido en traslado el memorial de réplica de la parte demandante, es contestado a través de la dúplica por los demandados Sofía Oropeza de Tirado y Vicente Tirado Rodríguez (De fs. 593 a 594) reiterando los argumentos de su contestación.
I.4.3. Sorteo
Mediante decreto de 05 de mayo de 2021 cursante a fs. 668 de obrados, se señala sorteo para el día 06 de mayo de 2021, habiéndose realizado el mismo conforme consta a fs. 671 de obrados.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación de la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial
- Antecedentes Procesales: Argumentos del tercero interesado Instituto Nacional de Reforma Agraria
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. La configuración procesal del proceso de demanda de nulidad absoluta o relativa de un Título Ejecutorial
- F.J.II.2. Reiteración de Jurisprudencia sobre la comprensión de la causal de nulidad de un Título Ejecutorial prevista en el art. 50.I.2.c) de la Ley No 1715, referida a la violación de la ley aplicable y formas esenciales, en la jurisprudencia del Tribunal Agroambiental.
- FJ.II.3. Examen del caso concreto
- FJ.II.3. 1. La inexistencia de conflicto de sobreposición parcial entre la parcela del demandante No 38 ubicada en el "Sindicato Agrario Aguas Blancas" y las parcelas de los demandados números 8, 9 y 11 comprendidas en el "Sindicato Tacuaral".
- FJ.II.3. 2. Respecto a los otros puntos demandados
- Por Tanto 1
