SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 62/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 62/2023

Fecha: 18-Dic-2023

3.- Verificación de la Función Social (FS) o Función Económica Social (FES)

VI.3.- Verificación de la Función Social (FS) o Función Económica Social (FES)

Con relación a la verificación de la Función Social (FS), la Ley N° 1715, modificada parcialmente por Ley N° 3545, establece:

Art. 2º (Función Económico-Social) (...) IV. La Función Social o la Función Económico Social, necesariamente será verificada en campo, siendo éste el principal medio de comprobación. Los interesados y la administración, complementariamente, podrán presentar medios de prueba legalmente admitidos. La verificación y las pruebas serán consideradas y valoradas en la fase correspondiente del proceso.

El Decreto Supremo N° 29215, reglamentario de las Leyes N° 1715 y 3545, con relación a la verificación de la Función Social establece:

Art. 159.- (Verificación en campo e instrumentos complementarios). El Instituto Nacional de Reforma Agraria verificará de forma directa en cada predio, la Función Social o Económica - Social, siendo ésta el principal medio de prueba y cualquier otra es complementaria.