SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 68/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 68/2023

Fecha: 04-Dic-2023

FJ.II.4. 2. Con relación a la inexistencia de la Personalidad Jurídica de la “Comunidad Saladillo”, como causal de nulidad de simulación absoluta y ausencia de causa

FJ.II.4.2. Con relación a la inexistencia de la Personalidad Jurídica de la “Comunidad Saladillo”, como causal de nulidad de simulación absoluta y ausencia de causa.- Conforme se tiene expresado en el FJ.II.2. Del documento de la Personalidad Jurídica de las Comunidades Indígenas Originarias y Campesinas, en la cual si bien se señala que la exigencia del documento de la Personalidad Jurídica es meramente formalista; sin embargo, subsumiéndonos a lo expuesto en la parte “in fine” del FJ.II.4.1 del presente fallo, no se acredita que la “Comunidad Saladillo”, no haya tenido una  posesión y cumplimiento de la Función Social desde el 02 de agosto de 1992, por el sólo hecho de no contar con la Personalidad Jurídica, cuando en los hechos sí cuenta con Personalidad Jurídica que acredita su carácter colectivo y este carácter colectivo de dicha comunidad, también fue considerado en el Formulario de Saneamiento Interno cursante a fs. 195 vta. del antecedente, pues la mista textual señala: “Clase de Propiedad Comunaria” (sic);  por lo que, no se encuentra demostrado que la comunidad demandada haya creado un acto aparente que no corresponde a ninguna operación real y que este documento no hubiere sido debidamente considerado por el INRA, en el Informe en Conclusiones y en la Resolución Final de Saneamiento del cual emergió el Título Ejecutorial cuestionado; pues conforme se dijo en el FJ.II.4.1 precedente, haya o no cambio y/o mutación de “Comunidad Saladillo” a simplemente “Saladillo”, ello no desvirtúa la naturaleza comunitaria de dicha comunidad , así tampoco se evidencia que dicha área corresponda a la “Comunidad Chujllas” y de que estuviere en posesión y cumpliendo con la Función Social en el mismo.