SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 68/2023
Fecha: 04-Dic-2023
FJ.II.4. 3. Respecto a la causal de nulidad de violación de la Ley aplicable previsto en el art. 50.I.2.c) de la Ley N° 1715
FJ.II.4.3. Respecto a la causal de nulidad de violación de la Ley aplicable previsto en el art. 50.I.2.c) de la Ley N° 1715.- De la misma forma, remitiéndonos a lo valorado en los FJ.II.4.1 y FJ.II.4.2 precedentes, tampoco se evidencia la causal de nulidad de violación del art. 266, respecto a la necesidad de realizar el control de calidad al proceso de saneamiento; del art. 294 de la transgresión de la Resolución de Inicio de Procedimiento y del art. 304 del D.S. N° 29215, respecto del contenido del Informe en Conclusiones y menos del art. 64 de la Ley N° 1715 del objeto de la regularización del derecho propietario, de los predios que tengan posesión y cumplan con la Función Social de la “Comunidad Saladillo”, desde antes de la vigencia de la Ley N° 1715 de 18 de octubre de 1996, tal cual lo estipula la Disposición Transitoria Octava de la Ley N° 3545; por lo que, la Sentencia Agraria Nacional N° 08/2011 de 09 de marzo, citada por la parte actora como caso análogo al caso de autos, no tiene ninguna relación de causalidad y efecto con la causal de nulidad de violación de la Ley aplicable alegada por la parte actora, constándose por el contrario que los argumentos alegados en la presente acción, corresponden a una demanda contencioso administrativa y no así a una demanda de nulidad de Título Ejecutorial.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- Antecedentes Procesales: Contestación del demandado “Comunidad Saladillo”.
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- F.J.II.1. La naturaleza jurídica de las demandas de nulidad de Título Ejecutorial
- FJ.II.2. Del documento de personalidad Jurídica de las Comunidades Indígenas Originarias y Campesinas.
- F.J.II.3. El principio de verdad material.
- FJ.II.4. Análisis del caso concreto.
- FJ.II.4. 1. En cuanto a la ilegal Acta de Conformidad de Linderos; fraude en la acreditación de la antigüedad de la posesión y en el cumplimiento de la Función Social, como causal de nulidad de error esencial, simulación absoluta, ausencia de causa y violación de la ley aplicable
- FJ.II.4. 2. Con relación a la inexistencia de la Personalidad Jurídica de la “Comunidad Saladillo”, como causal de nulidad de simulación absoluta y ausencia de causa
- FJ.II.4. 3. Respecto a la causal de nulidad de violación de la Ley aplicable previsto en el art. 50.I.2.c) de la Ley N° 1715
- FJ.II.4. 4. Con relación a la ilegal Acta de Conformidad de Linderos entre la “Comunidad Saladillo” y la “Comunidad Chujllas”, como causales de nulidad de simulación absoluta, ausencia de causa y violación de la Ley aplicable
- FJ.II.4. 5. En cuanto a la falta de consideración de los Títulos Ejecutoriales Nos. 422600 y 422601 del expediente N° 12104 del predio Caserón y adyacentes, los que demostrarían las causales de nulidad de error esencial y ausencia de causa
- Por Tanto 1