SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 75/2023
Fecha: 18-Dic-2023
Fundamentos Jurídicos
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
De la relación de los argumentos expuestos en la demanda, así como la expuesta por los terceros interesados y teniendo presente que el problema jurídico central se basa en las causales de nulidad de: 1) Error esencial; 2) Simulación absoluta; 3) Ausencia de causa; 4) Violación de la Ley aplicable; 5) La vinculatoriedad de las Sentencias emitidas por el Tribunal Constitucional Plurinacional, porque la Sentencia Constitucional Plurinacional 2239/2012 de 08 de noviembre de 2012, por el carácter vinculante y obligatoriedad de la misma, no habría tomado en cuenta que el proceso de saneamiento del predio “Flobolsa S.A.”, ya estaba concluido con la emisión de la Resolución Suprema N° 228640 de 2 de abril de 2008 y ejecutoriado con la emisión de la Sentencia Agraria Nacional S2a N° 18/2011 de 4 de noviembre de 2011, pero que falsamente el INRA lo habría tramitado, con base a la Sentencia Agroambiental Nacional S2a L. N° 67/2012 de 19 de noviembre de 2012, el cual habría dado lugar a la emisión de la Resolución Administrativa RA-SS N° 0868/2014 de 26 de mayo de 2014 y por ende al Título Ejecutorial con una superficie de 21.0053 ha, cuando únicamente correspondía otorgar al predio “Flobolsa S.A.”, sólo la superficie 5 ha, esta instancia jurisdiccional se pronunciará con relación a los siguientes aspectos de relevancia: 1) La naturaleza jurídica de las demandas de nulidad de Título Ejecutorial; 2) El cumplimiento de las resoluciones constitucionales, en apego al art. 203 de la CPE; 3) Análisis del caso concreto.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda de nulidad de Título Ejecutorial.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes en el expediente N° 3538
- Fundamentos Jurídicos
- F.J.II.1. La naturaleza jurídica de las demandas de Nulidad de Título Ejecutorial
- FJ.II.1. 1. Error esencial (art. 50.I.1.a) de la Ley N° 1715)
- FJ.II.1. 2. Simulación absoluta (art. 50.1.c) de la Ley N° 1715
- FJ.II.1. 3. Ausencia de Causa (art. 50.I.2.b) de la Ley N° 1715)
- FJ.II.1. 4. Violación de la Ley aplicable (art. 50.I.2.c) de la Ley N° 1715)
- FJ.II.2. El cumplimiento de las resoluciones constitucionales en aplicación del art. 203 de la CPE
- FJ.II.3. Análisis del caso concreto
- FJ.II.3. 1. Con relación a la causal de error esencial, previsto en el art. 50.I.1.a) de la Ley N° 1715
- FJ.II.3. 2 y FJ.II.3.3. En cuanto a la causal de nulidad de simulación absoluta y ausencia de causa, establecidos en el art. 50.I.c) y 2.b) de la Ley N° 1715
- FJ.II.3. 4. En lo que concierne a la causal de violación de la Ley aplicable
- FJ.II.3. 5. Con relación a la contestación de los terceros interesados Alberto Heredia Tordoya, José Luis Álvarez Lira y Jorge Raúl Obando Stemberg