SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 022/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 022/2023

Fecha: 20-Jun-2023

Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación del Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA, como tercero interesado

I.3. Argumentos de la contestación del Instituto Nacional de Reforma Agraria – INRA, como tercero interesado.- Que mediante memorial de fs. 1133 a 1136 vta. de obrados, el Director Nacional a.i. del Instituto Nacional de Reforma Agraria en calidad de tercero interesado, se apersona y menciona los siguientes puntos en relación a la demanda: que, respecto a la simulación absoluta, ausencia de causa, error esencial y violación de la ley aplicable, señala que el Título Ejecutorial PPD-NAL-602741 de 28 de junio de 2016, había sido emitido en base a los resultados del proceso de saneamiento Simple de Oficio ejecutado en el Polígono N° 166 - 187 que comprenden a las propiedades denominadas "DINAMARCA", "LA CABAÑA", "TASMANIA" y "TUYUYU" ubicadas en el municipio Trinidad, provincia Cercado del departamento de Beni; que, el proceso de saneamiento ejecutado, fue de carácter público toda vez que se cumplieron con todas las formalidades de ley, habiendo participado la señora Patricia Suarez Patiño en representación del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado - SENAPE, respecto a la propiedad denominada "DINAMARCA"; que, los formularios levantados en el proceso de saneamiento de la propiedad mencionada, se tiene registrado los datos respecto a la tenencia, clasificación, actividad, posesión y verificación de la función social; cursando en además las Actas de Conformidad de Linderos y los Anexos de las Actas de Conformidad de Linderos de la propiedad "DINAMARCA", debidamente suscritas por la señora Patricia Suarez Patiño, conforme se tiene de fs. 145 a 149 obrados; que, terminado el Relevamiento de Información en Campo, al haberse identificado conflicto de sobreposición con el predio denominado "TUYUYU" conforme se tiene del Formulario Adicional de Áreas y Predios en Conflicto, cursante a fs. 153 de los antecedentes prediales, en fecha 05 de noviembre de 2013, el INRA emite el Informe en Conclusiones, donde entre otros aspectos se sugiere proporcionar a los beneficiarios del predio Tuyuyu 350.5609 ha y declarar la ilegalidad de la posesión del Fondo de Pensiones de Trabajadores de la Banca Privada - SENAPE, respecto del predio DINAMARCA, por el incumplimiento de la Función Social y por afectar derechos legamente adquiridos, de conformidad a lo dispuesto por los arts. 393 y 397 de la Constitución Política del Estado; la Disposición Final Primera de la Ley N° 1715; y 310 y 341 parágrafo II punto 2, concordante con el art. 346 del D.S. N° 29215, debiendo ser incluida la referida superficie a favor del predio mensurado “TUYUYU”; resolución la cual se encontraría ejecutoriada en virtud de no haberse planteado demanda contenciosa conforme se puede evidenciar de la Certificación SCSP. N° 308/2014 emitida por el Tribunal Agroambiental Plurinacional; pidiendo, por último, por todo lo argumentado, pronunciarse conforme a derecho en relación a la demanda incoada.