SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 035/2023
Fecha: 30-Jun-2023
Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
I.4. Trámite Procesal
I.4.1. Auto de Admisión
A través del Auto de 21 de julio de 2022, cursante a fs. 114 y vta. de obrados,
se admitió la demanda de nulidad de Título Ejecutorial, para su
tramitación en la vía ordinaria de puro derecho, ordenándose se cite al
demandado mediante edictos, así como se notifique al tercero interesado
Director Nacional a.i. del INRA a efectos de que intervenga en el presente proceso
como tercero interesado.
I.4.2. Réplica y dúplica
Que,
habiendo sido corrido en traslado el memorial de contestación cursante a fs. 160
y vta. de obrados, para el ejercicio de la réplica, mediante decreto de 26 de
octubre de 2022, cursante a fs. 163 de obrados, el demandante no ejerció la
réplica conforme se tiene por el decreto de 17 de enero de 2023, cursante a fs.
181 de obrados; por lo que, tampoco se ejerció el derecho a la dúplica.
I.4.3. Decreto
de autos y sorteo
A fs. 181 de obrados, cursa
Decreto de autos para resolución, de 17 de enero de 2023; a fs. 183 de obrados,
cursa providencia de señalamiento de sorteo de expediente para el 29 de marzo de
2023, habiéndose suspendido el mismo, conforme se tiene del Informe N° 50/2023
de 30 de marzo de 2023, cursante de fs. 185 a 186 de obrados; por lo que, se
señaló nueva fecha, mediante decreto de 04 de abril de 2023, cursante a fs. 189
de obrados, señalándose el mismo para el 05 de abril de 2023, habiéndose
realizado el sorteo en la fecha señalada, conforme consta a fs. 191 de obrados.
I.4.4. Suspensión de plazo para dictar sentencia.
A fs. 192 de obrados, cursa y vta. cursa Auto de
suspensión de plazo para dictar sentencia de 09 de mayo de 2021, disponiéndose: 1) Que, el actor Nicolás Yucra
Maturano, presente en original o fotocopias legalizadas de las literales
cursantes de fs. 2 a 16 de obrados (Testimonio N° 163/2000, documento de
transferencia de 30 de junio de 2008, Testimonio N° 416/2008, transferencia de
30 de junio de 2008, certificación emitida por el Secretario General, Acta de
Reunión Ordinaria de 10 de agosto de 2012, Acta de Fundación de 6 de marzo de
2012, Acta de conformidad de 1 de febrero de 2014, Formulario de Derechos Reales),
toda vez que las mismas no cumplen con lo previsto por el art. 1287.I del
Código Civil que señala: “Documento
público o autentico es el extendido con las solemnidades legales por un
funcionario para darle fe pública”; 2)
Que Vicente Medrano Oliva, Presidente del Comité de Saneamiento Interno en ese
entonces, certifique o informe respecto a la situación de los afiliados Nicolás
Yucra Maturano e Hipólito Coa respecto al predio denominado “Comunidad La
Barranca Parcela 708”; 3) Que,
Secretaria de Sala Segunda del Tribunal Agroambiental, ofície para que toda la
Mesa Directiva de la “Comunidad Jatun Barranca”, certifiquen e informen
respecto a la situación de los afiliados Nicolás Yucra Maturano e Hipólito Coa,
respecto al predio denominado “Comunidad La Barranca Parcela 708”.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Antecedentes del derecho propietario, posesión y la Función Social.
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- Antecedentes Procesales: Contestación del Director Nacional a.i del INRA.
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- F.J.II.1. La naturaleza jurídica de las demandas de nulidad de Título Ejecutorial
- FJ.II.2. De la posesión y el cumplimiento de la Función Social
- FJ.III.1. En cuanto a que el Título Ejecutorial fue emitido con error esencial, establecido en el art. 50.I.1.a) de la Ley N° 1715
- FJ.III.4. Con relación a la violación de las leyes aplicables que regulan el proceso de saneamiento, establecidas en el art. 50.I.2.c) de la Ley N° 1715
- Por Tanto 1