SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 041/2023
Fecha: 04-Ago-2023
Encabezado
SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2ª Nº 041/2023
Expediente: Nº 3892/2020
Proceso: Nulidad de Título Ejecutorial
Demandante: Pedro Vera Colque, representando por Juana Nancy Sarmiento Vera
Demandado: Graviel Omonte
Distrito: Cochabamba
Propiedad: “Graviel”
Fecha: Sucre, 4 de agosto de 2023
2 da. Magistrada Relatora: Elva Terceros Cuellar
La demanda de Nulidad de Título Ejecutorial cursante de fs. 81 a 101, y memoriales de subsanación a fs. 113 y vta. y 119 y vta. de obrados, interpuesta por Juana Nancy Sarmiento Vera, en representación de Pedro Vera Colque, en mérito al Testimonio de Poder N° 900/2019 de 23 de julio, cursante de fs. 76 a 77 vta. de obrados, impugnando el Título Ejecutorial N° PPD-NAL-784774 de 24 de enero de 2018, emitido con base a la Resolución Administrativa RA-SS N° 0965/2017 de 21 de julio, a favor de Graviel Omonte, respecto al predio denominado “Graviel”, clasificado como pequeña con actividad agrícola, con una superficie de 0.0493 ha, ubicado en el municipio de Tiquipaya, provincia Quillacollo del departamento de Cochabamba; asimismo, la Resolución N° 013/2023-SCII de 24 de enero, cursante de fs. 679 a 683 de obrados, emitido por los Vocales de la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la demanda
- Antecedentes Procesales: Argumentos de la contestación
- Antecedentes Procesales: Argumentos de los terceros interesados
- Antecedentes Procesales: Trámite Procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes en sede administrativa
- Fundamentos Jurídicos de la Sentencia
- FJ.II.1. Naturaleza jurídica de la demanda de Nulidad de Título Ejecutorial
- FJ.II.2. Las causales de Nulidad del Título Ejecutorial acusadas por la parte actora, previstas en el art. 50 de la Ley N° 1715
- FJ.II.3. De la prueba adjunta a la demanda de nulidad de Título Ejecutorial
- FJ.III.1.
- FJ.III.2. Sobre el error esencial denunciado, art. 50.I.1.a) de la Ley N° 1715
- FJ.III.3. Con respecto a la nulidad por ausencia de causa por ser falsos los hechos, art. 50.I.2.b) de la Ley N° 1715
- FJ.III.4. Sobre la causal de Violación de la ley aplicable, art. 50.I.2.c) de la Ley N° 1715.
- Por Tanto 1