Encabezado
SENTENCIA No.002/2020
PROCESO: INTERDICTO DE RECOBRAR LA POSESION
DEMANDANTE: WILMAN ROLANDO PANIAGUA FAREL
DEMANDADO : HERNAN SEVERINO FUENTES MOTELLANO
DISTRITO : Tarija
ASIENTO JUDICIAL: Villa Montes
FECHA: Villa Montes, 12 de marzo de 2020
JUEZA : Abg. Yvis Marivel Artunduaga
VISTOS : La demanda de fs. 33-35, subsanación de la demanda de fs. 38, contestación de fs. 55,56, demás antecedentes que informan el cuaderno de autos.-----------------------------
- Encabezado
- 1.1 WILMAN ROLANDO PANIAGUA FAREL, se apersona a estrados judiciales, mediante escrito de fs. 33-35, subsanación de la misma de fs.38, y demanda interdicto de RECOBRAR LA POSESION sobre un predio agrario denominado "ADOLFINA" ubicado en la Comunidad de "Caigua Sur, zona Igüiraru" con una extensión de 12 Hectáreas mencionando los siguientes argumentos:------------
- 1.2 - A fs. 55-56 de obrados el demandado HERNAN SEVERINO FUENTES MONTELLANO contesta la demanda en forma negativa y opone excepción de prescripción misma que ha sido resuelta en audiencia principal no ameritando mayores consideraciones. En cuanto a la contestación negativa manifiesta que el demandante jamás ha tenido la tenencia legitima del terreno, que su persona nunca ha realizado actos materiales de perturbación y de despojo de la supuesta posesión que reclama, que la acción interdicta no tiene ningún fundamento de hecho ni derecho, ya que las mejoras que hace mención el demandante no son de su propiedad, el pozo perforado es comunal, el galpón para la crianza de pollo es ajeno y no corresponde a su predio entre otras mejoras que no existen en el lugar que dejo su extinto padre, pidiendo se dicte improbada la demanda con imposición de costas procesales.---------------------------------------------
- Considerando 2
- Considerando 3
- Considerando 4
- Son requisitos para la procedencia de este interdicto, a) que quien lo intente, o su causante, estuviere en posesión actual o en la tenencia de una cosa mueble o inmueble y b) que hubiere sido despojado total o parcialmente de la cosa, con violencia o clandestinidad . Requisitos que son claros y que resaltan su objetivo cual es restablecer el orden alterado, amparar el mero hecho de la tenencia, es un recurso urgente, dado contra quien perturba con violencia o clandestinidad de la posesión
- La posesión de una cosa,
- Conclusiones
- Por Tanto 1
- AUTO AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S2a N° 034/2020
- Argumentos Del Recurso De Casación
- Argumentos De La Contestación Al Recurso De Casación
- Trámite Procesal
- Actos Procesales Relevantes Del Proceso De Interdicto De Recobrar La Posesión
- Considerando 6
- Por Tanto 2
