Resolución recurrida: Sentencia N° 02/2021 de 11 de mayo de
Tribunal Agroambiental Bolivia

Resolución recurrida: Sentencia N° 02/2021 de 11 de mayo de

Fecha: 21-Jul-2021

Considerando 8

CONSIDERANDO: Que el Art.521 del Código Civil ( CONTRATOS CON EFECTOS REALES ) En los contratos que tienen por objeto la transferencia de la propiedad de una cosa determinada o de cualquier derecho real, o la constitución de un derecho real, LA TRANSFERENCIA O LA CONSTITUCION TIENE LUGAR POR EFECTO DEL CONSENTIMIENTO , SALVO EL REQUISITO DE FORMA EN LOS CASOS EXIGIBLES, REQUISITO INSOSLAYABLE que correspondió en el presente caso.

QUE, en el Cód. Civil se determina con las intenciones comunes de las partes plasmadas en un contrato surta los efectos jurídicos legales, su cumplimento a falta de la voluntad de estas, sea dirimida a instancia judicial , ya que por el incumplimiento voluntario o forzoso de alguna de las partes, será promovida la acción correspondiente en busca de su cumplimiento efectivo salvo pactado lo contrario , siendo esta petición un acto jurídico válidamente concertado con las cuestiones que ellos conlleven es decir se debe hacer llegar la referida sentencia a las instituciones correspondientes que vea pertinente y su cumplimiento de manera indudable, firme y de acuerdo a los datos relativos, desarrollados y previstos del proceso oral agrario.