Resolución recurrida: Sentencia N° 02/2021 de 11 de mayo de
Fecha: 21-Jul-2021
Por Tanto 1
La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, con la facultad conferida por el art. 189-1 de la CPE, los arts. 11, 12, 17-I y 144-I-1) de la Ley N° 025 y los arts. 36-1 y 87-IV de la Ley N° 1715 modificada por la Ley N° 3545, de conformidad a los arts. 220-III de la Ley N° 439, esta última de aplicación supletoria a la materia por disposición del art. 78 de la Ley N° 1715; sin ingresar al fondo de la causa, dispone:
1. ANULAR OBRADOS hasta fs. 792 inclusive (Sentencia N° 02/2021 de 11 de mayo de 2021), debiendo el Juez Agroambiental de San Ignacio de Velasco, emitir resolución debidamente fundamentada y motivada, en observancia al debido proceso y las normas procesales que son de orden público, conforme el FJ.II.3 de la presente resolución.
2. En aplicación de lo previsto en el art. 17-IV de la Ley N° 025 del Órgano Judicial, comuníquese la presente resolución al Consejo de la Magistratura.
Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
Ángela Sánchez Panozo Magistrada Sala Primera
María Tereza Garrón Yucra Magistrada Sala Primera
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la decisión asumida en la Sentencia N° 02/2021 de 11 de mayo de 2021 recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan los recursos de casación.
- Antecedentes Procesales: Memoriales de contestación a los recursos de casación.
- 1.4 2. Decreto de Autos para resolución
- 1.4 3. Sorteo
- Fundamentos Jurídicos
- FJ.II.1. 1 El recurso de casación en materia agroambiental
- FJ.II.1. 2 El recurso de casación en el fondo y recurso de casación en la forma en la jurisdicción agroambiental: Distinción y formas de resolución
- El caso concreto
- Por Tanto 1
- SENTENCIA No.- 02/2021
- Considerando 1
- Considerando 2
- Considerando 3
- Considerando 4
- Considerando 5
- Considerando 6
- Considerando 7
- Considerando 8
- Considerando 9
- Por Tanto 2