Resolución recurrida: Sentencia N° 01/2022 de 07 de enero
Fecha: 06-Abr-2022
Por Tanto 2
POR TANTO: El suscrito juez agroambiental con asiento judicial en la Localidad de Sacaba, impartiendo justicia en virtud de la jurisdicción que por ley ejerce, con la competencia prevista en el articulo 39-8) de la ley 1715, Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria, FALLA declarando IMPROBADA, la demanda de Nulidad de Documento de fs. 74 al 83 y subsanada de fs. 85 a 86 y fs 88 y vta, de obrados, interpuesta por Lucia Lizarazu de Padilla, Fernando Padilla Lizarazu, Deysi Padilla Lizarazu, Hernán Padilla Lizarazu, Dora Padilla Lizarazu, Hilda Padilla Lizarazu y Carmen Padilla Lizarazu, con sanción en costas y costos a los demandantes.
La presente resolución se emite en estricto apego a lo señalado por el art. 213 del Código Procesal Civil, concordante con el art. 86 de la ley No. 1715, Ley del Servicio Nacional de Reforma Agraria.
Se salva la vía llamada por ley para la parte que se creyere perjudicada con el presente fallo.
Regístrese y Notifíquese.
Fdo.
Juan Carlos Gutiérrez Argote Juez Agroambiental de Sacaba
- Encabezado
- Antecedentes Procesales: Argumentos que sustentan la decisión asumida en la Sentencia N° 01/2022 de 07 de enero de 2022 recurrida en casación.
- Antecedentes Procesales: Argumentos del recurso de casación en el fondo, cursante de fs. 871 a 878 de obrados
- Antecedentes Procesales: Argumentos de las contestaciones al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales: Trámite procesal
- Antecedentes Procesales: Actos procesales relevantes
- Fundamentos Jurídicos
- El caso concreto
- 1.- Al recurso de casación
- Por Tanto 1
- SENTENCIA No.01/2022
- Considerando 1
- Considerando 2
- 1.1 - De la prueba documental de descargo. Del tercero Interesado Parque de las Memorias S.A.
- 1.2 - De la prueba documental de descargo. Del co-demandado Cesar Ramiro Andrade Gutiérrez.
- 1.3 - De la prueba documental de los co-demandados Angelica Sarabia Ramallo, Angel Flores P., Severino Montaño Zambrana, Presuntos propietarios del Parque de las Memorias S.A., y Presuntos interesados por medio de la defensora de oficio.
- 1.4 - Del tercero interesado Gobierno Autónomo Municipal de Sacaba.
- 1.5 - De la prueba Introducida de Oficio. En cuanto a la documental, si bien esta prueba fue rechazada en un primer momento, a objeto de mejor proveer se admite de oficio su introducción.
- Por Tanto 2