Auto Supremo AS/0360/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0360/2001

Fecha: 24-Dic-2001

POR TANTO: La Sala Civil de la Excma


POR TANTO: La Sala Civil de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación, en uso de la facultad conferida por los arts. 58-1) de la L.O.J. y 274 del Cód. de Pdto. Civ., CASA en parte el auto de vista y deliberando en el fondo declara probada la reconvención únicamente en cuanto se refiere a la venta de terreno que se ha indicado, e INFUNDADO en lo demás. En ejecución de sentencia la vendedora María Paz Rodríguez de Soliz deberá extender la escritura de venta y entregar dentro de tercero día la superficie transferida de 12 mts.2