Auto Supremo AS/0142/2001
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0142/2001

Fecha: 06-Jul-2001

CONSIDERANDO: Que examinados los recursos interpuestos y los antecedentes del proceso se establece lo siguiente


CONSIDERANDO: Que examinados los recursos interpuestos y los antecedentes del proceso se establece lo siguiente:

En relación a la impugnación sobre la forma en que se resolvió la excepción de plazo vencido opuesta por la administración y que fuera declarada improbada en la sentencia y confirmada en el Auto de Vista recurrido, corresponde puntualizar que la demanda contencioso tributaria de fs. 76-78, tal como se analiza en la sentencia, fue presentada en 28 de febrero de 1998, tan solo doce días después de la notificación personal del personero legal de COSETT con la Resolución Ministerial N° 1019 de 16.9.97 (fs. 103 vta.), es decir, dentro del término de 15 días previsto por el art. 174 del Código Tributario