Que, la solicitud de complementación debe ser presentada dentro del término de 24 horas de
Que, la solicitud de complementación debe ser presentada dentro del término de 24 horas de notificada la parte con la sentencia, en la especie, como se tiene anotado no existe en obrados constancia alguna de notificación a los demandantes con la sentencia, sin embargo, los memoriales de solicitud de complementación han sido presentados por la misma mandataria en diferentes fechas, el 16 de junio, 22 de julio y 26 de julio de 1999 y la juez a quo admitió dichas solicitudes de complementación sin observar el plazo previsto por el precitado art. 196 del adjetivo civil
- DISTRITO : La Paz JUICIO : Ordinario - Pago de Daños y perjuicios, evicción y
- RELATORA: Ministra doctora Emilse Ardaya Gutiérrez
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- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 17 de abril de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernández
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
