CONSIDERANDO: El estudio detenido y atento de autos, en función de las infracciones y violaciones
CONSIDERANDO: El estudio detenido y atento de autos, en función de las infracciones y violaciones que se acusan, se llega a las siguientes conclusiones: a) Que es un hecho indudable el percance que sufrió el vuelo N° 909 en fecha 13 de noviembre de 1994, pues, toda la prueba y la aceptación de la Empresa Aérea demandada, así lo justifica. Igualmente, que en dicho percance sufrido por la aeronave CP 2232 en la ruta que volaba, se encontraba como pasajera la actora. Igualmente, está demostrada la relación jurídica que existe entre la demandante con la Empresa que la transportaba, relación contractual que reata a ésta con aquélla en los riesgos propios de este medio de transporte. Que por disposición legal y reglamentaria, la Empresa goza de un seguro de La Boliviana Ciacruz de Seguros y Reaseguros S.A., precisamente para la cobertura de los posibles siniestros conforme especifica la póliza, que además constituye una obligación ineludible
- AUTO SUPREMO N° 163. Sucre, 24 de abril de 2002
- DISTRITO : Santa Cruz JUICIO : Ordinario - Cumplimiento de responsabilidad civil
- PARTES : Nieves Heredia de Calvi c/ Lloyd Aéreo Boliviano S
- RELATOR : Ministro doctor Kenny Prieto Melgarejo
- CONSIDERANDO: I
- II
- Cuando se acusa la comisión de errores de derecho o de hecho en la apreciación
- Es obligación del juez valorar toda la prueba en su conjunto dando mayor importancia a
- La prueba circunstancial o de presunciones, fuera de la legal contempla la judicial o "et
- CONSIDERANDO: El estudio detenido y atento de autos, en función de las infracciones y violaciones
- b) Que las lesiones y dolencias que aquejan a la demandante de las que dan
- CONSIDERANDO: Que en cuanto a la legitimación pasiva del LAB, esta empresa pretende justificar su
- CONSIDERANDO: El recurso de la Compañía Aseguradora comparte los mismos planteamientos y argumentos que el
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Un mil bolivianos, que mandará
- Regístrese y devuélvase
- Proveído : Sucre, 24 de abril de 2002
- Dra. Teresa Rosquellas Fernández
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
