Auto Supremo AS/0163/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0163/2002

Fecha: 24-Abr-2002

Es obligación del juez valorar toda la prueba en su conjunto dando mayor importancia a


Es obligación del juez valorar toda la prueba en su conjunto dando mayor importancia a las que resulten esenciales y decisivas en la averiguación de los hechos, para establecer si éstos están probados y en qué medida, como dispone el art. 397 parágrafos I y II del Cód. de Pdto. Civ