CONSIDERANDO: Que examinado los antecedentes y datos que informan la causa, en relación a los
CONSIDERANDO: Que examinado los antecedentes y datos que informan la causa, en relación a los puntos objeto de impugnación por la procesada recurrente, se establece que la Corte de alzada haciendo uso de la permisión amplia que le confiere el art. 135 del Cód. de Pdto. Pen., de razonar y discernir conciencialmente con criterio de equidad, selectividad y eficacia la abundante prueba arrimada, ha formado convicción plena que la conducta de la incriminada María Angélica Sarmiento de Amaral, se encuadra en el tipo penal previsto en el art. 274 de la norma penal sustantiva; tan ajustada y proba es la decisión del órgano jurisdiccional, por cuanto la causa de la necrosis presentada en el área nasal de Emely Andrade de Nogales tan inmediatamente de practicada la segunda micro cirugía estética, no se tiene certeza médica ni científica, si tuvo su detonante directo en la anestesia suministrada, o bien se debió a la ingerencia de algún fármaco antes de la cirugía
- CONSIDERANDO: Que en sujeción a los requisitos exigidos por el art
- Por efecto del Auto Supremo de fs
- CONSIDERANDO: Que no conforme con la resolución señalada al exordio, recurre de casación la procesada
- En cuanto al recurso de nulidad y casación incoado a fs
- CONSIDERANDO: Que examinado los antecedentes y datos que informan la causa, en relación a los
- La procesada especialista en "Cirugía Plástica", aunque no en "Anestesiología", ciertamente que tuvo el mejor
- Desde una concepción estrictamente jurídica, la culpabilidad se identifica con la imputación subjetiva y que
- Como bien se tiene anotado, la culpabilidad es la que determina la responsabilidad y establece
- El ilustre penalista Carlos Creus en su libro titulado "Derecho Penal", indica: En delitos de
- Por último, en cuanto al delito calificado por la Corte ad-quem y la pena impuesta
- Por lo expuesto y fundamentado, al constatar que la Corte de alzada, ha procedido con
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Ante la adulteración en la diligencia sentada a fs
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
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