Auto Supremo AS/0263/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2002

Fecha: 22-Jul-2002

El ilustre penalista Carlos Creus en su libro titulado "Derecho Penal", indica: En delitos de


El ilustre penalista Carlos Creus en su libro titulado "Derecho Penal", indica: En delitos de lesiones, el resultado es un daño que sufre la víctima en su integridad física o psíquica. La incolumidad de la persona en esos aspectos es, pues, el bien jurídico protegido..."; continua : "...El rostro se deforma cuando la simetría de sus líneas, o el equilibrio de la fisonomía, se cambia afeándolo, o sea, dándole una configuración antiestética perceptible por los demás". Pues en el caso sublite, el tratamiento al que fue sometida la paciente en el Centro Hospitalario de Sao Pablo- Brasil, ha permitido tornar el rostro en la zona nasal prácticamente inadvertida la original marca indeleble, ostensiblemente diferente a la visible en la fotografía de fs. 18, contraste que es evidente con las aparecidas en el periódico "Los Tiempos", y las fotografías que se aprecian en fs. 892-894 y 895-904 de obrados; sin embargo, esto de ninguna manera confluye a la desaparición de la calificación de la conducta de la procesada en el art. 274 del Código Penal, por el simple hecho de que la deformación de la zona, pueda disimularse con la aplicación artificiosa de elementos o reconstrucción que a la postre oculten la necrosis cutánea nasal de la víctima