Por efecto del Auto Supremo de fs
Por efecto del Auto Supremo de fs. 879-880 vlta., anulatorio del auto de fs. 839-842 y el complementario de fs. 852, la Corte de alzada dicta el nuevo Auto de Vista de fecha 12 de febrero de 2001 a fs. 911-912 y vlta., mediante el cual revoca la sentencia apelada de fecha 25 de agosto de 1998 a fs. 800-803 y vlta., y absuelve de culpa y pena a la procesada María Angélica Sarmiento de Amaral en la comisión del delito previsto en el art. 271 del Código Penal, modificado por el art. 2, numeral 51 de la Ley Nº 1768, con sujeción a lo previsto por el art. 244 del Código de Procedimiento Penal y, deliberando en el fondo se recalifica el auto inicial del sumario de fs. 4 vlta., declarándose a la encausada María Angélica Sarmiento de Amaral, autora del delito de lesiones culposas, previsto y sancionado por el art. 274 de la norma penal sustantiva antes señalada, de conformidad a lo previsto por el art. 243 del Código de Procedimiento Penal y, en aplicación a lo preceptuado por los arts. 37 al 40 del compilado legal sustantivo se la multa con 240 días multa a razón de Bs. 50 por día, con costas a averiguarse en ejecución de sentencia
- CONSIDERANDO: Que en sujeción a los requisitos exigidos por el art
- Por efecto del Auto Supremo de fs
- CONSIDERANDO: Que no conforme con la resolución señalada al exordio, recurre de casación la procesada
- En cuanto al recurso de nulidad y casación incoado a fs
- CONSIDERANDO: Que examinado los antecedentes y datos que informan la causa, en relación a los
- La procesada especialista en "Cirugía Plástica", aunque no en "Anestesiología", ciertamente que tuvo el mejor
- Desde una concepción estrictamente jurídica, la culpabilidad se identifica con la imputación subjetiva y que
- Como bien se tiene anotado, la culpabilidad es la que determina la responsabilidad y establece
- El ilustre penalista Carlos Creus en su libro titulado "Derecho Penal", indica: En delitos de
- Por último, en cuanto al delito calificado por la Corte ad-quem y la pena impuesta
- Por lo expuesto y fundamentado, al constatar que la Corte de alzada, ha procedido con
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Ante la adulteración en la diligencia sentada a fs
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
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