La procesada especialista en "Cirugía Plástica", aunque no en "Anestesiología", ciertamente que tuvo el mejor
La procesada especialista en "Cirugía Plástica", aunque no en "Anestesiología", ciertamente que tuvo el mejor empeño profesional de perfeccionar la nariz de Emely Andrade de Nogales; empero ante el "shock anafilático" que presentó la paciente en forma imprevisible, conforme acreditan los médicos interconsultantes, Dres. Fernando Sensano Ferrufino, Rolando Mendoza Requen, adoptó ante el cuadro presentado el tratamiento adecuado y tan encarnada fue su preocupación que incluso trasladó a la paciente hasta el Hospital de Sao Pablo-Brasil, sin medir erogaciones económicas que importa el restablecimiento de la afectada; pero las medidas pos operatorias de ninguna manera alejan la falta de previsión en la que incurrió la procesada María Angélica Sarmiento de Amaral antes de la cirugía; quien omitió efectuar una valoración previa a la paciente, que le permita conocer si en su familia existía algún precedente de procesos alérgicos o que la misma tenía sensibilidad alérgica a la infiltración de xilocaina y adrenalina, sobre todo si entre el tiempo transcurrido entre la primera y segunda cirugía, la paciente no fue sometida a algún tratamiento con fármacos incompatibles a la anestesia infiltrada; omisión que para el caso de autos, caracteriza la negligencia y falta de precaución en la profesional médico, que sin el "ánimus delicti" incurrió en la comisión del delito de "lesiones culposas", incurso en la sanción del art. 274 del Código Penal
- CONSIDERANDO: Que en sujeción a los requisitos exigidos por el art
- Por efecto del Auto Supremo de fs
- CONSIDERANDO: Que no conforme con la resolución señalada al exordio, recurre de casación la procesada
- En cuanto al recurso de nulidad y casación incoado a fs
- CONSIDERANDO: Que examinado los antecedentes y datos que informan la causa, en relación a los
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- Desde una concepción estrictamente jurídica, la culpabilidad se identifica con la imputación subjetiva y que
- Como bien se tiene anotado, la culpabilidad es la que determina la responsabilidad y establece
- El ilustre penalista Carlos Creus en su libro titulado "Derecho Penal", indica: En delitos de
- Por último, en cuanto al delito calificado por la Corte ad-quem y la pena impuesta
- Por lo expuesto y fundamentado, al constatar que la Corte de alzada, ha procedido con
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Ante la adulteración en la diligencia sentada a fs
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- Dr. Edgar Molina Aponte.- Secretario de Cámara
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