Auto Supremo AS/0277/2002
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0277/2002

Fecha: 06-Sep-2002

CONSIDERANDO: El Ministro Prieto, agrega"Que en el recurso se alega la violación de los arts


CONSIDERANDO: El Ministro Prieto, agrega"Que en el recurso se alega la violación de los arts. 485, 490 y 549 del Código Civil, por haberse promovido el falso incidente civil que ha demostrado la falsedad ideológica del documento de fs. 34 reproducido a fs. 121, trayendo para ello a colación como respaldo lo dispuesto por el art. 1289-II y 1294 del mismo cuerpo legal, que fueron -sostiene- igualmente infringidos. Que los de grado no debían por esa causa haber conferido valor probatorio y tomar en cuenta dicha falsedad