Auto Supremo AS/0594/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0594/2003

Fecha: 06-Nov-2003

1. Guillermo Reyes Ardaya Vaca a fs. 216-219 vlta.


CONSIDERANDO: Que en la vía de puro derecho e impugnando el Auto de Vista de fecha 10 de mayo de 2003, recurren de casación tanto el Fiscal de Materia como los imputados visibles a fs. 223-224 y fs. 216-219 vlta., 225-226 vlta. y 227-228 vlta., recursos

que al haber sido admitidos por efecto del Auto Supremo N° 362 de fecha 25 de julio de 2003, conforme a procedimiento y sujeción a los principios de legalidad y probidad contenidos en el art. 1°, segundo periodo de los numerales 1 y 14 de la Ley de Organización Judicial, concordante con el art. 3 de la Ley Procesal Penal, se ingresa al análisis de fondo, previo desglose de los agravios sostenidos por los recurrentes, que para una mejor inteligencia se concretizan en forma cronológica de la siguiente manera:

1. Guillermo Reyes Ardaya Vaca a fs. 216-219 vlta.:

1. 1°. Afirma que la condena impuesta por el Tribunal de Sentencia de Concepción por el delito previsto por el art. 55 de la Ley 1008, distinto a los acusados por el Ministerio Público, viola la garantía de congruencia entre la acusación y sentencia establecida en el art. 362 del Código de Procedimiento Penal y lo coloca en estado de indefensión