Elevada en apelación restringida, la Corte de alzada por medio del Auto de Vista de
Elevada en apelación restringida, la Corte de alzada por medio del Auto de Vista de fecha 10 de mayo de 2003 de fs. 179-187 (cuerpo N° 1), declara Admisible e Improcedente el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público de fs. 1-3 y, al mismo tiempo declara Admisibles y Procedentes en forma parcial los recursos interpuestos por los imputados Norma Parada Justiniano de fs. 5-7 vlta., Guillermo Reyes Ardaya Vaca de fs. 62-70 y Teddy Santos Palacios Molina de fs. 80-82 vlta., (todos del cuerpo N° 1) contra la sentencia dictada por el Tribunal de Sentencia de Concepción, Provincia Ñuflo de Chávez del Departamento de Santa Cruz; consecuentemente y complementando el fallo de primera instancia, en la vía de la corrección; EXCLUYE las pruebas documentales referidas al flujo de llamadas telefónicas y a las certificaciones otorgadas por los representantes del servicio de Trufi Montero-Santa Cruz y de igual manera Absuelve de culpa y pena a los imputados Norma Parada Justiniano; Guillermo Reyes Ardaya Vaca y Teddy Santos Palacios Molina de la comisión de los delitos de tráfico de sustancias controladas, asociación delictuosa y confabulación, manteniéndose la culpabilidad de los mencionados imputados por la comisión del delito de transporte de sustancias controladas, por el cual fueron condenados por el Tribunal de instancia
- Tráfico de sustancias controladas
- CONSIDERANDO: Que el Tribunal de Sentencia de Concepción, Prov
- Elevada en apelación restringida, la Corte de alzada por medio del Auto de Vista de
- 1. Guillermo Reyes Ardaya Vaca a fs. 216-219 vlta.
- 1
- Por último pide que de conformidad a lo previsto por el art
- II. José Adolfo Lira Andrade Fiscal de Materia de SC., a fs. 223-224, expresa
- II
- como agravios los siguientes
- III
- denuncia como agravios
- IV
- Concluye que este precedente contradictorio invocado, tiene una relación de resultados similar con el juicio
- CONSIDERANDO: Que del análisis de los recursos formulados por los imputados, éstos en forma unánime
- Por regla general efectivamente el llamado principio acusatorio, tiene por finalidad asegurar la imparcialidad del
- El ilustre procesalista Gómez Orbaneja al señalar que juzgar es hacer actuar la voluntad concreta
- Se entenderá meridianamente, que en el caso examinado por la categorías de normas, la naturaleza
- CONSIDERANDO: Que dada la naturaleza y finalidad del sistema normativo de las normas contenidas en
- DOCTRINA LEGAL APLICADA
- Una norma rígida en exceso puede dejar fuera importantes atentados contra el bien jurídico protegido,
- obligatoria, en los términos dispuestos por el segundo periodo del art
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Con los razonamientos jurídicos y legales esgrimidos líneas arriba, se declaran INFUNDADOS los recursos de
- Para fines del art
- RELATOR: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez. -Secretario de Cámara.
