Auto Supremo AS/0594/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0594/2003

Fecha: 06-Nov-2003

como agravios los siguientes


III. Norma Parada Justiniano a fs. 225-226 vlta., califica

como agravios los siguientes:

III. 1. En lo principal sostiene que al no haber sido acusada por el Ministerio Público por el delito previsto por el art. 55 de la L. N° 1008 y mantener la Corte de alzada la condena por dicho ilícito, no sólo que se la coloca en estado de indefensión; sino que se viola el art. 362 del Código de Procedimiento Penal