Auto Supremo AS/0595/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0595/2003

Fecha: 26-Nov-2003

que para esos casos establece la ley, no existiendo contradicción en los términos del art


CONSIDERANDO: Que, por lo dicho, los Autos Supremos, invocados como precedentes contra el fallo impugnado, no son tales, por cuanto estos han sido dictados conforme a las reglas procesales

que para esos casos establece la ley, no existiendo contradicción en los términos del art. 416 del Código de Procedimiento Penal, por lo que el recurso de casación debe ser declarado infundado