En el sub lite la demanda de fs
En el sub lite la demanda de fs. 97 a 99 versa sobre reivindicación de terrenos con una extensión de 6 has. 4.020 m2 y 6 has. 5568.15 m2 ubicado a la altura del Km. 13, carretera al norte de la ciudad de la Santa Cruz en la localidad de Valle Sánchez, que lo hubieron en compra del Sr. Nicanor Sánchez Espinoza, el que a su vez lo hubo en compra del Sr. Demetrio Sánchez Rivero. Adjuntan el testimonio de fs. 77 a 84 que acredita que la H. Alcaldía Municipal de Warnes fue demandada en Recurso Directo de Nulidad al haber adjudicado ilegalmente sus terrenos a personas particulares
- RELATORA: Ministra Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- CONSIDERANDO: Que, el Juez 6º de Partido en lo Civil de la ciudad de Santa
- En apelación, el tribunal ad quem confirma la sentencia, motivando que los demandados recurran de
- CONSIDERANDO: Que, el art
- CONSIDERANDO: Que, la jurisdicción es la potestad que tiene el Estado de administrar justicia a
- La competencia como límite de la jurisdicción, es de orden público, indelegable y nace únicamente
- Los parámetros establecidos para determinar la competencia y ejercer jurisdicción en casos concretos son entre
- En el sub lite la demanda de fs
- CONSIDERANDO: Que, a objeto de evidenciar si los de grado han actuado con la legal
- Que, ante la adjudicación municipal de dichos terrenos a favor de los ahora demandados, los
- En síntesis, los demandantes consiguieron dejar sin efecto las adjudicaciones municipales realizadas por el Municipio
- Que, al tratarse la litis de un cuestionamiento sobre el derecho propietario de la tierra,
- Que, el art
- De lo expuesto, se concluye que el juez a quo y el tribunal ad quem,
- En suma al tratar la demanda de una acción que debe necesariamente resolverse ante la
- POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído : Sucre, 10 de diciembre de 2003
- Dra. Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
