Auto Supremo AS/0387/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0387/2003

Fecha: 10-Dic-2003

La competencia como límite de la jurisdicción, es de orden público, indelegable y nace únicamente


La competencia como límite de la jurisdicción, es de orden público, indelegable y nace únicamente de la ley, siendo sus reglas de observancia y cumplimiento obligatorio