Auto Supremo AS/0390/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0390/2003

Fecha: 10-Dic-2003

El primero de estos recursos alega que el tribunal ad quem al disponer el pago


El primero de estos recursos alega que el tribunal ad quem al disponer el pago de veinte mil dólares sin haberse demandado reconvencionalmente ese punto, así como declarado probada parcialmente la demanda y por ende nulo el documento de fecha 31 de mayo de 1994 entra en contradicción violando los arts. 190 y 192-3) del Código de Procedimiento Civil por conceder más allá de lo demandado y ser la determinación extra petita, incurriendo además en error de derecho en la apreciación de la prueba., por lo que impetra la casación parcial del mentado auto de vista