Auto Supremo AS/0390/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0390/2003

Fecha: 10-Dic-2003

El segundo recurso, en el fondo afirma que el tribunal de segundo grado incurre en


El segundo recurso, en el fondo afirma que el tribunal de segundo grado incurre en errónea e indebida aplicación de normas sustantivas expresas contenidas en los arts. 554 con relación a los arts. 552 y 485 todos del Código Civil, desconociendo además el art. 328 del Procedimiento de la materia, pues, reconociendo haberse demandado la nulidad y la anulabilidad del documento de 31 de mayo de 1994 con apoyo de los arts. 549-2) y 3), 554-1) y 4), 485 y 452 -1) y 2) del Código Civil, resuelve únicamente la anulabilidad dejando de lado la nulidad, institutos que al ser antitéticos no caben en una misma demanda, con lo que se infringe el art. 328 que se tiene mencionado. Agrega que la resolución incurre en errores de derecho y de hecho en la apreciación y valoración de la prueba, violándose con ello los arts. 452-1), 616, 641 y 644 del Código Civil, por cuanto no se han demostrado los vicios del consentimiento que arguye la demandante en el otorgamiento de la venta con pacto de rescate, siendo en consecuencia aplicable lo dispuesto en el caso 3º) del art. 253 del Adjetivo arriba indicado