Auto Supremo AS/0294/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2003

Fecha: 03-Jun-2003

CONSIDERANDO: Elevado el proceso en apelación, el Tribunal de alzada a fs


CONSIDERANDO: Elevado el proceso en apelación, el Tribunal de alzada a fs. 1764-1766 pronuncia el Auto de Vista de fecha 23 de abril de 2002, anulando la sentencia de primera instancia y al amparo de art. 290, segunda parte del Código de Procedimiento Penal dicta una nueva y deliberando en el fondo, en aplicación del art. 243 del Código de Procedimiento Penal, declara culpables del delito de concusión propia previsto en el art. 68 de la Ley 1008 a los procesados, Guillermo Solares Aponte, Mirtha Da Costa Ferreira, Jorge Pedro Arce Echenique y Fortunato Nallar Gareca, condenándolos a cada uno a la pena de ocho años de presidio en el Centro de Rehabilitación de Palmasola, más pago de 500 días multa a razón de Bs. 2.- día más costas, daños civiles a favor del Estado; asimismo, se ordena la confiscación definitiva de todos los bienes que se reconozcan ser de propiedad de los procesados arriba mencionados, de conformidad a lo previsto por el art. 104 de la Ley 1008; y ordena su remate público en ejecución de sentencia