Auto Supremo AS/0251/2003
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0251/2003

Fecha: 25-Ago-2003

En la especie, si bien la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras demandada en razón


En la especie, si bien la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras demandada en razón de haber asumido la representación legal del Banco BIDESA en liquidación, no acomoda ritualmente la petición de declinatoria a la anterior previsión legal, sin embargo, objeta la competencia en el plazo previsto en el art. 337 del Código Procesal Civil si se toma en cuenta la fecha de la citación con la demanda corriente a fs. 66 y el cargo puesto al memorial de objeción de fs. 86, infiriéndose de ello que utiliza la vía de excepción para tachar de incompetente al juez, pues así entendieron los de instancia sobre la base del aforismo "jura novit curia", por lo que con este razonamiento que se hace en función a la teleología del proceso señalada en el art. 91 del indicado adjetivo, se concluye no ser cierta la pretendida infracción que señala el recurso, habida cuenta, además, de los principios de trascendencia, protección y conservación