Auto Supremo AS/0210/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0210/2004

Fecha: 19-Oct-2004

Que, el tribunal ad quem al pronunciar el auto de vista debió hacer uso de


Que, el tribunal ad quem al pronunciar el auto de vista debió hacer uso de la facultad que le reserva el art. 15 de la L.O.J. y anular obrados hasta el estado de que el a quo disponga la integración a la litis de los verdaderos representantes de la Junta Vecinal demandada. Que al no haber cumplido con su facultad de fiscalización del proceso, corresponde al Tribunal Supremo aplicar la precitada norma legal y anular obrados hasta el vicio más antiguo