Auto Supremo AS/0210/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0210/2004

Fecha: 19-Oct-2004

Que, esta integración debe ser tarea no solo de las partes sino obligación del a


Que, esta integración debe ser tarea no solo de las partes sino obligación del a quo, quien en su calidad de director del proceso, debe cuidar que el mismo se desarrolle sin vicios de nulidad. Solo así, las decisiones que adopte, serán útiles en derecho a las partes y los efectos de la cosa juzgada alcanzará a todos y a quienes deriven sus derechos de aquélla, tal como lo imponen los arts. 3-1, 87 y 194 del Adjetivo Civil