Auto Supremo AS/0061/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0061/2004

Fecha: 10-Mar-2004

Que, tal como lo ha expuesto el tribunal ad quem, no se ha demostrado por


Que, tal como lo ha expuesto el tribunal ad quem, no se ha demostrado por el actor "que el contrato esté viciado por ilicitud en la causa y el motivo". En efecto, los extremos alegados en la demanda están dirigidos a la falta de observancia de lo dispuesto por el art. 1299 del Código Civil, con relación a uno de los vendedores, Valentina Ibarra Valencia, nada se dice con relación a los otros vendedores, Juan y Cristóbal Ibarra Valencia