Auto Supremo AS/0067/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0067/2004

Fecha: 11-Mar-2004

Por lo expuesto, corresponde al tribunal de casación aplicar la previsión que para estos casos


Por lo expuesto, corresponde al tribunal de casación aplicar la previsión que para estos casos establecen los arts. 271-2) y 273 del adjetivo civil