Auto Supremo AS/0194/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0194/2004

Fecha: 29-Sep-2004

El recurrente pide nulidad de obrados porque el a quo "no ha fijado todos los


CONSIDERANDO: El recurso de casación en la forma, en síntesis, argumenta:

El recurrente pide nulidad de obrados porque el a quo "no ha fijado todos los puntos de hecho a probar", como el planteado en su memorial de respuesta de fs. 57-58, afirmando que "la movilidad ha sido malograda por el chofer de los actores, al haber dado un mal uso y no saber utilizar la misma", desconociendo así su propia competencia; que si bien las partes tenían el plazo de tres días para objetar el auto como previene el art. 371 del Código de Procedimiento Civil, el no fijar como punto de hecho a probar lo anotado anteriormente no es admisible, y con ello atenta contra el art. 90 del citado Adjetivo, cuyo incumplimiento, de acuerdo a los arts.252 y 15 de la L.O.J., lo hace anulable aún de oficio, expresa