Auto Supremo AS/0194/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0194/2004

Fecha: 29-Sep-2004

Niega la concurrencia de dolo afirmando que el juez de primera instancia tampoco menciona en


Tanto el juez de primera instancia como el tribunal de alzada debían fundar su fallo en el invocado error sustancial, pero el auto de vista no hace ninguna referencia al respecto, y menos valora prueba alguna; el ad quem ha violado los arts. 554-4 y 475 del Código civil. En este sentido, manifiestan que el error sustancial debe ser compartido, o sea, debe ser conocido por el vendedor y por los compradores.

Niega la concurrencia de dolo afirmando que el juez de primera instancia tampoco menciona en la sentencia que los actores lo hubieran probado o no; pero el juez, paradójicamente, declara probada la demanda, y el ad quem igualmente confirma el fallo sin mencionar si hubo dolo o no. En este sentido, acusa la violación del art. 482 del mismo cuerpo legal. Agrega que el avalúo practicado por el Banco desvirtúa el supuesto dolo