Indica que los actores conocían las bondades del camión, por eso firmaron el compromiso de
Indica que los actores conocían las bondades del camión, por eso firmaron el compromiso de venta el 15 de abril de 1999 estableciendo el precio de $US. 28,000, recibiendo el recurrente la suma de $US. 2.000 y el saldo de $US. 26.000 debían pagar una vez obtenido el préstamo bancario que procuraría el mismo vendedor, conforme consta en el contrato de fs. 3-4 de 15 de abril de 1999, que no ha sido acusado de anulable ni nulo. Luego transcribe las cláusulas TERCERA y CUARTA del documento de 26 de julio de 1999 cursante a fs. 1-2, en los que las partes contratantes dejan constancia del "buen estado de funcionamiento a satisfacción de los compradores". Señala también que en la acción penal iniciada por los compradores contra el recurrente, confiesan que hicieron revisar el vehículo, lo que constituye una confesión espontánea con la eficacia probatoria asignada por el art. 404-II del Código adjetivo, que el ad quem ha violado
- CONSIDERANDO: Pronunciada la sentencia de primera instancia por el juez 1º de Partido en lo
- El recurrente pide nulidad de obrados porque el a quo "no ha fijado todos los
- Se advierte que todo el párrafo del recurso de casación de fs
- Señala también como vicio de nulidad la falta de notificación con la apertura del término
- Acusan al ad quem de infringir el art
- En el recurso de casación en el fondo, argumenta
- Indica que los actores conocían las bondades del camión, por eso firmaron el compromiso de
- Niega la concurrencia de dolo afirmando que el juez de primera instancia tampoco menciona en
- Luego transcriben párrafos de algunas declaraciones testificales, remarcando que de ellas se descarta que el
- Este aspecto también ha sido fundamentado en el recurso de casación en el fondo, de
- Al respecto, la Sala Civil Primera de la Corte Suprema considera que el tribunal de
- 2
- CONSIDERANDO: Es indiscutible que los contratos producen efectos como si fueran ley entre las partes,
- Los defectos anotados evidencian que lo afirmado en los documentos de venta (el preliminar y
- La raíz del dolo, como vicio del consentimiento se halla en el engaño, lo que
- En materia de contratos, toda relación jurídica está vinculada a la buena fe de las
- Los conceptos de dolo o error, si bien no han sido expresados literalmente en las
- POR TANTO: La Sala Civil Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- RELATOR: Ministro Dr. Armando Villafuerte Claros
- Regístrese y devuélvase
- Firmado: Dr. Armando Villafuerte Claros
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Proveído: Sucre, 29 de septiembre de 2004
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera
- ?? ?? ?? ??
