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    Auto Supremo AS/0251/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0251/2005

    Fecha: 18-Ago-2005

    No interviene la Ministra, Dra


    No interviene la Ministra, Dra. Rosario Canedo Justiniano, por excusa formulada a fojas 814, declarada legal a fojas 816
    • PARTES: Juan Carlos Tejada Miranda c/ FONCOMERCIO
    • Responsabilidad civil
    • MINISTRA RELATORA: Dra. Beatríz Sandoval de Capobianco
    • CONSIDERANDO: que Luis Efraín Paredes, apoderado legal de Juan Carlos Tejada Miranda, con prueba preconstituida,
    • Que en apelación la resolución de primer grado es REVOCADA parcialmente por Auto de Vista
    • CONSIDERANDO: que contra la resolución que resuelve la apela-ción, el apoderado del querellante de fojas
    • II
    • CONSIDERANDO: que de la revisión de antecedentes y de los fundamentos de orden legal expuestos
    • Empero, el tribunal de apelación, a tiempo de fijar el monto indem-nizatorio de la responsabilidad
    • Por otra parte, el fallo recurrido no toma en cuenta la ausencia de acreditación del
    • En autos esta situación se expone después de presentada la demanda a través de la
    • POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, con intervención de
    • El Presidente de la Sala Penal Primera, Dr
    • No interviene la Ministra, Dra
    • Relatora: Ministra Dra. Beatríz Sandoval de Capobianco
    • Regístrese y hágase saber
    • Sucre, dieciocho de agosto de dos mil cinco
    • Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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