Auto Supremo AS/0263/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0263/2005

Fecha: 26-Ago-2005

CONSIDERANDO III: Que, el recurso de casación interpuesto (entre otros casos), procede cuando en la


CONSIDERANDO III: Que, el recurso de casación interpuesto (entre otros casos), procede cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error de derecho o error de hecho; es decir, cuando el tribunal ad-quem a tiempo de dictar la resolución, ha incurrido en errores in judicando, por infracción de leyes o error de hecho o de derecho en la apreciación de la prueba