Auto Supremo AS/0058/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0058/2006

Fecha: 27-Ene-2006

III


III.- Que, en cuanto a la declaración del médico ginecólogo que establece que en las víctimas de los delitos no se encontraron huellas de desgarros de himen, se debe manifestar que ésta fue tomada en cuenta por el Tribunal que sentenció la causa y mereció el análisis y valoración pertinente conforme a la previsión del artículo 173 del Código de Procedimiento Penal, lo que lleva a afirmar que no existió violación al debido proceso o haberse producido un estado de indefensión en contra del recurrente tal cuan denuncia en el recurso que se analiza