Auto Supremo AS/0058/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0058/2006

Fecha: 27-Ene-2006

Manifiesta que el Tribunal de alzada al emitir la resolución impugnada confirmando la sentencia condenatoria


Manifiesta que el Tribunal de alzada al emitir la resolución impugnada confirmando la sentencia condenatoria incurrió en vicios insubsanables, pues esta sentencia no contenía la fundamentación y motivación requerida, que la condena ha sido dictada en base a hechos no demostrados y que son simplemente conjeturas y apreciaciones subjetivas del Tribunal encargado de sentenciar la causa, tal es así que afirman que no existen signos de violencia en las víctimas por que éstas poseen un himen elástico, pudiendo mantenerse intacto en las mujeres aún después del parto, por lo que se vulneró el artículo 370 inciso 6) del Código de Procedimiento Penal, siendo por tanto la sentencia defectuosa debiendo darse aplicación al artículo 363 incisos 2) y 3) de igual cuerpo de Leyes. Refiere que la acusación es producto de una aterradora denuncia formulada por sus hijas en un único afán de venganza por varias infidelidades cometidas por el recurrente en relación a la madre de las víctimas, aspecto que probó con la declaración de la testigo de descargo Josefa Ordoñez y de la propia madre de las víctimas. Que igualmente no se tomó en cuenta el informe del médico ginecólogo que establece la ausencia de desgarros, y que ante la presencia de duda razonable sobre la comisión del hecho ilícito, el Tribunal ha incurrido en defectos absolutos no susceptibles de convalidación, debiendo haberse dado aplicación al artículo 362 incisos 2) y 3) del Código de Procedimiento Penal y pronunciarse una sentencia absolutoria