CONSIDERANDO: el imputado en el recurso de apelación restringida acuso de erróneamente aplicado el artículo
CONSIDERANDO: el imputado en el recurso de apelación restringida acuso de erróneamente aplicado el artículo 370 inciso 4) del Código de Procedimiento Penal, pretendiendo que se excluya la documental MP1 por no haber sido propuesta por el Ministerio Público, y que la determinación de aceptar la prueba fue tomada solo por el presidente del tribunal acusando la vulneración del artículo 16 de la Constitución Política del Estado y 172 del Código de Procedimiento Penal, el Auto de Vista impugnado señala que "en forma confusa solicita la exclusión de las pruebas documentales MP-1, MP-2 ...al respecto se debe tener presente que las exclusiones probatorias solicitadas por el imputado en audiencia de juicio oral, han sido resueltas en la misma audiencia, conforme a procedimiento", sin referirse a los dos reclamos de dicho punto, de un lado si la prueba MP-1 fue parte del ofrecimiento probatorio del Ministerio Público, y si por otro lado solo el presidente del Tribunal pudo haber resuelto el incidente de exclusión que planteo contra la referida prueba
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Freddy Yujra Argani de fojas 471 a 475,
- Que contra este fallo, el acusador particular Martín Jiménez Mamani en representación del Comité de
- CONSIDERANDO: que contra esta resolución el imputado interpone recurso de casación (fojas 471 a 475),
- CONSIDERANDO: el imputado en el recurso de apelación restringida acuso de erróneamente aplicado el artículo
- El recurrente reclama que se incorporó la prueba testifical del Arq
- Sobre el reclamo de que el perito de cargo no es ingeniero por ende el
- Con respecto a la subsunción contenida en la sentencia el imputado en su recurso de
- Se reclama falta de pronunciamiento sobre defectuosa valoración de la prueba, en su recurso de
- Por último el imputado afirmo que existe incongruencia entre la acusación y la sentencia, ya
- Al no haberse pronunciado el tribunal a quo sobre todos los motivos en los que
- Esta actividad se constituye en vicio absoluto que atenta contra al derecho a la defensa
- Para fines del artículo 420 del Código Adjetivo citado, remítase por Secretaría de Cámara fotocopias
- Relatora: Ministra Dra. Rosario Canedo Justiniano
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veinte de octubre de dos mil seis
- Proveído.- Sandra Magaly Mendivil Bejarano - Secretaria de Cámara.
