Auto Supremo AS/0027/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0027/2006

Fecha: 01-Mar-2006

En definitiva, si el demandado, como sostiene la resolución de vista, asumió en su memorial


En definitiva, si el demandado, como sostiene la resolución de vista, asumió en su memorial de respuesta que corre a fs. 41, la responsabilidad de la publicación realizada a título personal y así dan cuenta las facturas de la Editorial Canelas de fs. 99, Diario "Opinión" de fs. 125 y las certificaciones del Diario "Opinión" de fs. 124 y del Periódico "Los Tiempos" de fs. 126, podemos también afirmar que en efecto se atribuye a su autoría dicha publicación de prensa que infiere a la demandante serias ofensas a su honor y dignidad tanto como persona y profesional, que debe ser reparada, como establece el tribunal ad quem en el fallo de segunda instancia