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    Auto Supremo AS/0027/2006
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0027/2006

    Fecha: 01-Mar-2006

    Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez


    Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • CONSIDERANDO: La sentencia de fs
    • Contra el Auto de Vista el demandado Marcial Mancilla Torres recurre de casación en la
    • Sostiene que este pronunciamiento viola su derecho al debido proceso que le asiste para determinar
    • Finalmente, que en el auto recurrido no se ha valorado adecuadamente las pruebas aportadas en
    • CONSIDERANDO: Que, entre los "derechos a la personalidad" previstos en el capítulo III, Título I
    • La cita de las normas precedentes, indudablemente nos colocan frente al respeto que todo ser
    • En definitiva, si una persona siente lesionado su derecho al honor y a la intimidad,
    • En otros términos basta que se acredite la existencia de un hecho ilícito que cause
    • CONSIDERANDO: Que, ajustando la normativa antes citada a los obrados, como bien afirma la resolución
    • En definitiva, si el demandado, como sostiene la resolución de vista, asumió en su memorial
    • Finalmente debemos señalar que conforme dispone el art
    • Por lo expuesto, este Tribunal concluye que el Ad quem no ha transgredido norma legal
    • POR TANTO: La Sala Civil de la Excma
    • MINISTRA RELATORA: Dr. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Regístrese y devuélvase
    • Firmado : Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
    • Dr. Armando Villafuerte Claros
    • Proveído : Sucre, 1º de Marzo de 2006
    • Patricia Parada Loras
    • Secretaria de Cámara de la Sala Civil.

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