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Así elucidados los hechos, se concluye inobjetablemente que las infracciones acusadas en el recurso de casación resultan evidentes, siendo una necesidad justificada corregirlas a través del presente Auto Supremo
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- MINISTRO RELATOR: Dr. Julio Ortiz Linares
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado : Dr. Julio Ortiz Linares
- Dra. Emilse Ardaya Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Proveído : Sucre, 17 de Junio de 2006
- Patricia Parada Loras
- Secretaria de Cámara de la Sala Civil.
